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En el 2008 Colombia espera ser declarada país libre de fiebre aftosa

El gerente general del ICA, Andrés Valencia Pinzón, ha recalcado la importancia que tiene para el país la vacunación de bovinos, como herramienta indispensable en el propósito de obtener el reconocimiento internacional como país libre de fiebre aftosa con vacunación.

La vacunación está siendo aplicada a todos los bovinos y bubalinos, exceptuando aquellos ubicados en zonas libres de fiebre aftosa, como es el caso de las islas de San Andrés, Providencia, Santa Catalina, Gorgona y Malpelo, además del Urabá chocoano y los municipios de Murindó y Vigía del Fuerte, en el Departamento de Antioquia.

La vacunación es obligatoria y es responsabilidad de las organizaciones ganaderas, cooperativas y otras agremiaciones del sector que formen parte de la infraestructura técnica y administrativa establecida por Fedegan.

Por otra parte, se está avanzando en la evaluación seroepidemiológica de las zonas Centro Oriente, Llanos Orientales y Archipiélago de San Andrés y Providencia, las cuales harán parte del documento que servirá como sustento técnico a la solicitud de certificación que se presentará a la Organización Mundial de Sanidad Animal, OIE a comienzo del año 2008, para obtener la certificación como país libre de fiebre aftosa en mayo de ese año.

Según Valencia Pinzón, las zonas Centro Oriente, Llanos Orientales y San Andrés de Providencia, a certificar en 2008, representan el 27% del territorio nacional y el 25% de la población bovina. Actualmente, Colombia cuenta con el 75% del hato ganadero reconocido como libre de fiebre aftosa. Este proceso lo inició en 1997, cuando fue certificado el Urabá Chocoano como zona libre de esta enfermedad sin vacunación. Los reconocimientos posteriores fueron dados en el mes de mayo de los años 2001, 2003, 2005 y 2007, logrando que el país cuente hoy en día con el 73% de su territorio nacional libre de fiebre aftosa con vacunación.

Las medidas adoptadas por el ICA han permitido que Colombia se haya mantenido libre de aftosa por más de 31 meses. El último foco se registró en Bogotá en febrero de 2005.

Por ahora, el país mantiene cerradas las importaciones de bovinos y carne procedentes de Ecuador y Venezuela, países vecinos donde se presentan casos y brotes de fiebre aftosa con frecuencia; Inglaterra también está restringida, debido al brote registrado por escape de virus del laboratorio de referencia, ubicado en ese país.

En la actualidad, Colombia avanza negociaciones para exportar productos de origen pecuario con Chile, Estados Unidos, Brasil y Argentina.

La vacunación contra la brucelosis bovina también deberá aplicarse al tiempo con la de fiebre aftosa en todos los departamentos del país. Este biológico tendrá que ser aplicado a las hembras de las especies bovinas y bubalina, con edad entre los tres y ocho meses, empleando las vacunas registradas y aprobadas por el ICA.

Los ganaderos tendrán que informar con anticipación a los proyectos locales el número de dosis requeridas en sus predios, y así asegurar la disponibilidad de ambos tipos de vacuna según sus necesidades.

Las terneras vacunadas contra brucelosis bovina deberán identificarse individualmente con diferentes sistemas, entre los que se incluye la marca con la letra V en el cachete derecho (región masetérica), por medio de marca fría con nitrógeno líquido o hierro candente. La identificación será responsabilidad del ganadero. Igualmente se podrán realizar muescas con la letra V en el borde medio externo de la oreja derecha, a dos centímetros de profundidad. Esta actividad se realizará inmediatamente después de aplicada la vacuna y será coordinada directamente por Fedegan-FNG, agremiación que informará al ICA y a los comités locales de las zonas sobre el sistema usado.

Los ganaderos que utilicen sistemas de identificación individual como tatuaje, orejera, micro chip o chapeta, podrán utilizarlo como mecanismo de identificación de la vacunación. La relación de terneras vacunadas quedará consignada con esta identificación en el Registro de Vacunación (RUV).

El ICA fijó como fecha máxima de cierre de registros el 31 de Diciembre de 2007 y la entrega del total de los registros de vacunación se realizará a más tardar el día 11 de Enero de 2008.

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